Las estaciones de esquí son responsables de los accidentes que se puedan producir en las mismas si sus instalaciones no se encuentran debidamente protegidas y mantenidas. Si bien, las pistas deben estar debidamente señalizadas y balizadas, no debemos pensar que la estación deba ser forrada de protecciones para impedir que los esquiadores se lastimen.  No olvidemos que cuando esquiamos nos encontramos en la alta montaña y estaríamos asumiendo riesgos en la práctica de este deporte. Cuando se producen choques de los esquiadores con edificaciones y palos de señalización, los Tribunales suelen, o bien apreciar la negligencia de la estación, o bien la concurrencia de culpas entre estación y esquiador. Si el obstáculo está suficientemente protegido o separado de la pista, no se suele atribuir responsabilidad a la estación, pues se supone que el esquiador asume el riesgo inherente a esta actividad.

Expongo el caso de la estación de esquí de fondo de Navafría en Madrid; me llama la atención que la pista de salida de dicha estación está delimitada con un alambre de espino. En realidad no es que esa pista esté señalizada a través del alambre, pues entiendo que el mismo sirve para delimitar la finca colindante. Es cierto que no tratándose de esquí alpino, apenas existe desnivel en descenso, de manera que las posibilidades de salirse de pista y chocar contra dicho alambre son mucho menores. No obstante, en caso de que se produjera un accidente por chocar contra el alambre, la responsabilidad no sería de la estación, ni siquiera creo que el seguro del forfait de la estación llegara a cubrir esos daños. Considero que tales daños  serían imputables al propietario de la finca colindante que colocó el alambre para delimitar su propiedad..