El Gobierno, mediante Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2.018, ha modificado la Ley de Propiedad Horizontal. Por un lado, se fija en el 10% el importe del fondo de reserva que anualmente deben aprobar las comunidades de propietarios, y de otro lado, permite que la junta de propietarios por mayoría cualificada de tres quintas partes de propietarios y cuotas de participación, puedan acordar limitaciones o condiciones a las viviendas destinadas a apartamentos turísticos.

La finalidad del aumento del fondo de reserva es que las comunidades dispongan de recursos para poder acometer las obras necesarias de accesibilidad a que la comunidad está obligada conforme al Real Decreto Legislativo de 1/2013, de 29 de noviembre, cuyo moratoria expiró el 4 de diciembre de 2.017. Sin duda que en la actualidad son muchas las comunidades de propietarios que aún no han ejecutado dichas obras. Con la subida del 5% al 10% del fondo de reserva, la duda es si las comunidades destinarán dicho aumento a ese fin o si por el contrario lo emplearán en otros objetivos.

Respecto a la facultad que se atribuye a la junta de propietarios para poder limitar o condicionar el uso de las viviendas turísticas, la norma la justifica en garantizar la convivencia en los edificios; sin embargo, me parece una medida desacertada porque las comunidades de propietarios podrán poner trabas al desarrollo de una actividad económica lícita, que no debemos olvidar que genera importantes ingresos a las economías domésticas en un país en el que el turismo debería tener un trato preferente. Ya veremos cómo se concretan en la práctica esas limitaciones o condiciones que pueden imponerse tras el acuerdo de junta. En ocasiones estarán justificadas plenamente dichas limitaciones ante un mal uso o uso abusivo de las zonas comunes, pero se corre el riesgo de que al propietario que explote un piso turístico con discreción y sin perjuicio hacia la comunidad, se le puedan imponer injustas cargas económicas.

En INSENDA ASESORES podemos asesorarte sobre la normativa vigente en materia de apartamentos turísticos, así como su correcta interpretación y aplicación.